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Introducción
La Norma 57 es un método de cobro de recibos consistente en que los recibos no domiciliados pueden ser cobrados en cajeros automáticos o en oficinas bancarias, y no en el despacho del administrador.
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Para los recibos que sean emitidos por cuenta bancaria del administrador, el administrador puede, opcionalmente, añadir al recibo comisiones por gastos de emisión. Estos gastos de emisión se deben especificar en la sección Gestión de recibos de la ficha Datos empresaficha de Empresa.
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Adaptar plantilla de carta de pago de Norma 57
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