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Tabla de contenidos
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Introducción

La Norma 57 es un método de cobro de recibos consistente en que los recibos no domiciliados pueden ser cobrados en cajeros automáticos o en oficinas bancarias, y no en el despacho del administrador. 

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El funcionamiento de este método de cobro se resume en tres pasos.

  1. El administrador tras generar los recibos, le emite y remite al copropietario un documento para que realice el pago en cualquier oficina bancaria de la entidad con la que trabaja el administrador.

  2. El copropietario se persona en cualquier oficina de la entidad bancaria y bien en ventanilla o bien en el cajero automático, realiza el pago del recibo. El banco sella el documento o le graba la banda magnética acreditativa del cobro.

  3. El administrador, a través de banca electrónica se conecta con el banco para descargar un archivo con los cobros realizados por el banco. Procesa este archivo desde adminet y se contabiliza automáticamente el cobro.

Tenga presente que se trata de un procedimiento de trabajo que requiere un acuerdo previo con su entidad bancaria. Consulte con diferentes entidades para evaluar el coste de este servicio y decida si el ahorro de visitas para el pago de recibos en su oficina compensa ese coste y si a la larga puede ayudar a obtener un mayor número de domiciliaciones y una mayor efectividad en las tareas del despacho.

A continuación se explica el funcionamiento de cada una de las opciones del programa implicadas en el funcionamiento de este método de cobro.

Configuración

Código de emisora

El documento de norma 57 incluye un código de emisora que indica quien es el emisor del documento y la cuenta bancaria en la que se ingresará el cobro del documento. Haga clic aquí para ver cómo configurar el código de emisora.

Comisión por gastos de emisión

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