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Pagar a comunidad

Un arrendador que está vinculado a una comunidad o macro comunidad de propietarios dispone de una forma de pago especial llamada Pagar a comunidad, que está sólo disponible en los siguientes casos:

  • Si el arrendador y la comunidad se administran con cuenta bancaria del administrador.

  • Si el arrendador y la comunidad se gestionan con la misma cuenta bancaria de la comunidad.

esta forma de pago se escoge en el apartado Forma pago liquidación donde, además, se escoge el grupo de liquidación y concepto del ingreso.

Al aprobar una liquidación, si la forma de pago es Pagar a comunidad, la liquidación se da automáticamente como pagada, generando un movimiento de ingreso en la liquidación de la comunidad.

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Efectivo, transferencia, cheque

Tanto si arrendador y comunidad se administran con la misma cuenta bancaria como si no, puede usar cualquiera de las formas de pago típicas del arrendador, que son:

  • Efectivo, pasan por despacho

  • Transferencia

  • Cheque, pasan por despacho

  • Cheque, envío por correo

Si el arrendador se gestiona con cuenta bancaria del administrador y la comunidad con cuenta bancaria propia, la mejor forma de pago que puede utilizar es Transferencia. De este modo, la liquidación se da por pagada automáticamente, emitiendo una transferencia a la comunidad que será contabilizada en el momento en que puntee el extracto.

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