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Cuando se registra un gasto vinculado a un grupo de liquidación, se permite indicar su forma de reparto.

Las opciones permitidas son:

  • a partes iguales entre los departamentos del grupo de liquidación.

  • entre los departamentos, a través de un coeficiente que deberá haber abierto previamente en el grupo de liquidación. Haga clic aquí para más información.

  • íntegramente a un departamento que especificará tras escoger esta opción.

Si el gasto está vinculado a una hoja de liquidación, no se solicita la forma de reparto.

Esta forma de reparto servirá, posteriormente, para obtener los gastos imputables a cada departamento, tanto en la liquidación del IVA de arrendador como en su informe de renta.

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