Qué información se traspasa
Plan de cuentas.
Según la forma de liquidar al propietario en adminis se crea la estructura de liquidación. En caso de que adminis emita liquidación de reparto, se genera también el perceptor de reparto. Para más información, haga clic aquí.
Forma de pago de las liquidaciones, para arrendador y perceptores de reparto. Incluye las cuentas bancarias. Para más información, haga clic aquí.
Fecha y saldo de la última liquidación. Para más información, haga clic aquí.
Periodo de liquidación. Para más información, haga clic aquí.
Honorarios de administración. Incluye honorarios porcentuales, suplidos y honorarios fijos. Para más información, haga clic aquí.
Cuentas contables: Para más información, haga clic aquí.
De cliente. Para más información, haga clic aquí.
De fondos depositados para los grupos y hojas de liquidación. Para más información, haga clic aquí.
Datos personales de los empleados del arrendador (porteros, conserjes, etc.). Para más información, haga clic aquí.
Asientos.
Configuración del informe de liquidación. Para más información, haga clic aquí.
Configuración de la gestión del IVA del arrendador, incluyendo si se le retiene el IVA de recibos emitidos. Para más información, haga clic aquí.
Configuración de la gestión del IRPF del arrendador. Si el arrendador es una empresa, en la sección Impuestos de la ficha del arrendador activa la casilla Retener IRPF en las facturas recibidas. Para más información, haga clic aquí.
Configuración para imprimir nombre, NIF y dirección del arrendador en los recibos con IVA y sin IVA. Para más información, haga clic aquí.
Se configura en cada arrendador si se generan recibos independientes para conceptos no liquidables. Para más información, haga clic aquí.
Logos y firmas propios del arrendador. Para más información, haga clic aquí.
Asientos predefinidos. Para más información, haga clic aquí.
Periodicidad de emisión del recibo. Para más información, haga clic aquí.
Mes y año del último recibo emitido. Para más información, haga clic aquí.
Casilla Emitir recibo (activado o desactivado) de la ficha del inquilino. Para más información, haga clic aquí.
Se prefija el día 1 como día de emisión del recibo. Para más información, haga clic aquí.
Si en adminis el administrador tiene activado que También se asigna número de factura a los recibos sin IVA, se activa la casilla Generar factura del contrato de alquiler en adminet. En caso contrario, sólo se activa la casilla Generar factura del contrato de alquiler si el contrato está grabado con IVA. Para más información, haga clic aquí.
Tipo de IVA y tipo de IRPF (porcentajes). Para más información, haga clic aquí.
Cuenta contable en la que contabilizar los gastos no liquidables al cobrar los recibos. Para más información, haga clic aquí.
Forma de cobro de los recibos, excepto las que son "cuentas internas" contra propietarios y fincas de vertical, que se traspasan como Pasan por despacho. Para más información, haga clic aquí.
Se configura si se aplican gastos de emisión y/o devolución. Para más información, haga clic aquí.
Conceptos que componen el recibo. Para más información, haga clic aquí.
Concepto.
Importe.
Si es liquidable, no liquidable o liquidable exento de honorarios.
Número de veces a emitir.
Si aplica IVA.
Si aplica IRPF.
Concepto en qué se agrupa.
SI el concepto forma parte del cálculo de la base de aplicación del IPC.
Si el inquilino contiene algún concepto no liquidable, activa en el contrato de alquiler la casilla Permitir conceptos no liquidables. Para más información, haga clic aquí.
Datos para aplicación del IPC. Para más información, haga clic aquí.
Habilitar incrementos de IPC para este contrato.
Aplicar atrasos en IPC se activa en todos los contratos. Si no se desea aplicar se debe desactivar tras el traspaso.
Próxima revisión.
Meses revisión.
Concepto destino del aumento.
Órdenes de domiciliación SEPA. Se traspasa la referencia SEPA (incluyendo sus documentos asociados). Para más información, haga clic aquí.
Fianzas recibidas. Se traspasan a Adminet como “fianzas que han sido gestionadas con otro programa o bien ya han sido contabilizadas”. Para más información, haga clic aquí.
Inmovilizados.
Cobros y pagos pendientes de liquidar. Para más información, haga clic aquí.
Cobros y pagos liquidados, correspondientes al ejercicio en curso. Para más información, haga clic aquí.
Documentos asociados a los cobros y pagos traspasados. Para más información, haga clic aquí.
Amortizaciones realizadas.
Todos los recibos pendientes (parciales y completos) y recibos devueltos, independientemente del ejercicio al que pertenezcan. Para más información, haga clic aquí.
Recibos cobrados correspondientes al ejercicio en curso. Para más información, haga clic aquí.
Cobros y pagos pendientes de liquidar, asociados a recibos. Para más información, haga clic aquí.
Cobros y pagos liquidados, asociados a recibos y correspondientes al ejercicio en curso. Para más información, haga clic aquí.
Configuración contable de la empresa
Facturas pendientes de pago. Para más información, haga clic aquí.
Facturas pagadas, correspondientes al ejercicio en curso. Para más información, haga clic aquí.
Documentos asociados a las facturas traspasadas. Para más información, haga clic aquí.
Localizaciones de la norma 43 para identificar la posición de industrial y número de póliza dentro del extracto bancario. Para más información, haga clic aquí.
Pólizas. Para más información, haga clic aquí.
Qué información no se traspasa
Libros de IVA e IRPF
Cuentas bancarias del administrador
Acciones a realizar una vez traspasados los arrendadores
Activar los arrendadores para que pueda operar con ellas.
Si los arrendadores tienen cuenta bancaria propia:
Establecer si se se realizar un fichero SEPA por cada cuenta bancaria o uno único por banco.
Establecer el presentador del fichero SEPA en el caso que no sea el mismo arrendador.
Revisar los sufijos de las cuentas bancarias.
Revisar, en la sección Estructura de liquidación de la ficha de cada arrendador, que la estructura de liquidación sea correcta.
Si a final del primer ejercicio se va a desear procesar el modelo 390 de los arrendadores o el modelo 303 del cuarto trimestre, se deberán generar con Adminet los modelos 303 que se hubieran emitido y presentado con otro programa. Además de procesar estos modelos se debe comprobar que el modelo obtenido coincida al 100% con el presentado a la AEAT. Estos modelos 303 simulados, lógicamente no se enviarán a la AEAT, pero son necesarios ya que el modelo 390 recoge la información de todas las declaraciones trimestrales que encuentra.
Si a final del primer ejercicio se va a desear procesar el modelo 190 de los arrendadores, se deberán generar con Adminet los modelos 111 que se hubieran emitido y presentado con otro programa. Además de procesar estos modelos se debe comprobar que el modelo obtenido coincida al 100% con el presentado a la AEAT. Estos modelos 111 simulados, lógicamente no se enviarán a la AEAT, pero son necesarios ya que el modelo 190 recoge la información de todas las declaraciones trimestrales que encuentra.
Muy importante
Los arrendadores pueden traspasarse en su totalidad o por grupos, pero recomendamos realizar un traspaso total para evitar duplicidades en la gestión.
Hay que tener en cuenta que el traspaso es definitivo. No existe la posibilidad de repetirlo.
Desde el momento en que se realiza el traspaso de un arrendador ya no se debe trabajar más con él en Adminis Vertical. Sólo se accederá a Adminis para consultar aquellos datos que no hayan sido traspasados hacia Adminet,
Cada arrendador traspasado debe ser verificada dentro del entorno de Adminet y marcarse como operativo. Mientras no se efectúe este paso, el arrendador estará bloqueado y no participará de ninguno de los procesos del módulo de alquileres.
Los arrendadores ya traspasados deben excluirse en Adminis de todos los procesos (emisión de recibos, punteo de extractos…)
Con relación a los impuestos, para poder obtener el modelo 190 y 390 a final de ejercicio, será necesario volver a procesar desde Adminet los modelos de declaración trimestral (modelos 111 y 303) de los trimestres que se hayan emitido con el programa antiguo (Adminis o cualquier otro). Además de procesar estos modelos se debe comprobar que el modelo obtenido coincida al 100% con el presentado a la AEAT.
Recordamos que Adminis quedará operativo para poder consultar la información histórica como liquidaciones, impuestos, incrementos, recibos... etc.