Movimientos contables relacionados con la fianza
El asiento que genera cada movimiento relacionado con una fianza se compone de apuntes en debe y haber dependiendo del origen y destino del mismo, de modo que el origen corresponde al debe y el destino al haber.
La cuenta contable correspondiente a cada posible origen o destino es la siguiente:
Inquilino: Cuenta de tesorería en la cual se recibe el ingreso o desde la cual se le devuelve la fianza.
Administrador: Cuenta relacionada con el concepto del administrador “Fianzas de alquiler”.
Entidad pública: Cuenta de tesorería desde la cual se transfiere la fianza a la entidad pública o en la cual se recupera la misma.
Arrendador: Cuenta relacionada con el grupo de liquidación al que pertenece el departamento vinculado a la fianza.
Cobrar recibos: Cuenta relacionada con el grupo de liquidación al que pertenecen los recibos que se cobran con dicha fianza.
Siguiendo esta lógica:
Un ingreso de fianza, cuyo origen es el inquilino y el destino es el administrador, contabilizará un debe en Banco y un haber en la cuenta “Fianzas de alquiler”.
Un traspaso de la fianza del administrador a la entidad pública, contabilizará un debe en la cuenta “Fianzas de alquiler” y un haber en Banco.
Un traspaso de la fianza al arrendador, contabilizará un debe en la cuenta “Fianzas de alquiler” y un haber en la cuenta del grupo de liquidación asociado al departamento.
Un traspaso de fianza de la entidad pública al administrador, contabilizará un debe Banco y un haber en la cuenta “Fianzas de alquiler”.
Una devolución de fianza para cobrar recibos, contabilizará un debe en la cuenta “Fianzas de alquiler” y un haber en la cuenta del grupo de liquidación asociado al departamento.
Una devolución de fianza al inquilino, contabilizará un debe en la cuenta “Fianzas de alquiler” y un haber en la cuenta de tesorería desde la que se le pague al inquilino.
Una devolución de fianza al arrendador para atender desperfectos ocasionados por el inquilino, contabilizará un debe en la cuenta “Fianzas de alquiler” y un haber en la cuenta del grupo de liquidación asociado al departamento.
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