Otras nóminas
Durante la documentación del proceso de nóminas, llamaremos “empresa” a la comunidad, arrendador o administrador de quien dependa el empleado y el pago de su salario.
El apartado Otras nóminas se utiliza para registrar nóminas de empleados cuyo pago no ha sido realizado desde adminet.
La información introducida en Otras nóminas no participa en el proceso de pago de nóminas. En cambio sí participa en los modelos 111 y 190 de la empresa, así como en la confección y envío de certificados de retenciones a cuenta de IRPF.
Para consultar o registrar dichos datos, entre en la ficha de la empresa (comunidad, arrendador o administrador) y haga clic en el botón Impuestos de la cinta de botones superior y cuando se abra la ventana, vaya a la sección Otras nóminas.
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En esta vista podrá ver sólo la relación de esas nóminas no pagadas desde adminet. Si desea añadir un registro, haga clic en nuevo. Se abrirá una ficha para que cumplimente los datos de dicha nómina.
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Empleado. Escoja el empleado. Debe estar dado de alta en la sección Empleados de la ficha de la empresa a la que pertenece.
Fecha. Fecha de la nómina a efectos de impuestos.
Incapacidad laboral temporal. Active esta casilla si el pago que quiere reflejar está relacionado con una incapacidad laboral temporal.
Pago en especie. Active esta casilla si el pago que quiere reflejar es en especie. Si es en metálico, déjela desactivada. Según se active o desactive esta casilla se cambia el texto asociado a alguno de los importes que se solicitan a continuación.
Importe íntegro / Valoración. Indique el importe de la percepción íntegra en caso de pago en dinero. Si es un pago en especie, anote el valor de los bienes entregados.
% IRPF. Anote el porcentaje de retención.
Importe IRPF / Ingresos a cta. Para pagos en dinero, indique el importe de la retención a cuenta de IRPF. Para pagos en especie, el valor de los ingresos a cuenta sobre los bienes entregados.
Deducción. Indique el importe de la deducción de Seguridad Social aplicada.
Clave IRPF. Debe indicar la clave de IRPF bajo la que se debe informar esta nómina en el modelo 190. Las opciones son:
Cuenta ajena. Se declararán en el modelo 190, bajo la clave A (Rendimientos del trabajo: Empleados por cuenta ajena en general)
Indemnizaciones por despido o cese del trabajador. Se declararán en el modelo 190, bajo la clave L (Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen) y subclave 05 (Indemnizaciones por despido o cese del trabajador). Este tipo de pagos son exentos de retención.
Importe total. Esta casilla no se puede editar. Se calcula de forma automática restando a la Base imponible el Importe IRPF y la Deducción.
Si en una misma nómina tiene retribuciones en dinero y en especie o coinciden retribuciones derivadas de incapacidad laboral junto a retribuciones NO derivadas de incapacidad laboral, debe registrarlas por separado, añadiendo un registro para cada una de ellas.
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